El pasado jueves 7 de mayo, día en el que se venció el plazo que otorgó el Decreto 2691 de 2014 para presentar al Ministerio de Minas y Energía solicitudes de medidas de protección ambiental por parte de municipios y distritos, fue presentada a un reducido grupo de organizaciones la demanda de nulidad por inconstitucionalidad y la solicitud de suspensión del mencionado decreto que radicaron ante el Consejo de Estado, Foro Nacional por Colombia, Conciudadanía y la Red Nacional de Mujeres, tres organizaciones aliadas que implementan el Programa Diálogo Democrático para la Seguridad Ambiental (PDDSA), y los abogados Laura Santacoloma y Rodrigo Negrete.
Algunos de los argumentos están relacionados con la violación a los principios constitucionales de autonomía territorial, coordinación y concurrencia entre los niveles central y descentralizado del Estado y los derechos fundamentales a la participación y al ambiente sano. Además, los demandantes consideraron como un hecho de gravedad el desconocimiento que hizo la Nación (representados en los ministerios de minas, del interior, agricultura y ambiente) al dictamen de la Sentencia C-123 de 2014 y la extralimitación de funciones.
Dicha sentencia declara el artículo 37 de la Ley 685 de 2001 como exequible pero lo condiciona a que “en desarrollo del proceso por medio del cual se autorice la realización de actividades de exploración y explotación minera, las autoridades competentes del nivel nacional deberán acordar con las autoridades territoriales concernidas las medidas necesarias para la protección del ambiente sano”. Para esto, deberá dar la oportunidad de participar activa y eficazmente a las entidades municipales.
El decreto se redujo a determinar en términos procedimentales cómo las autoridades deben acatar una serie de requisitos –que modifica sus funciones y no les asigna recursos económicos- para solicitar al Ministerio de Minas las medidas de protección frente a afectaciones de la minería, y si se lograse cumplirlo, éste último tomará la decisión final. Esto muestra a las claras una ausencia total de un mecanismo que conlleve a las partes –nación y entidades territoriales- a un diálogo para llegar a un acuerdo consensuado. Además se solicita la suspensión provisional del referido decreto como medida preventiva para evitar sus efectos inconstitucionales, mientras se resuelve de forma definitiva en la sentencia.
Foro, Conciudadanía y la Red de Mujeres hacen un llamado a otras organizaciones de la sociedad civil para aunar esfuerzos y generar estrategias que frenen la nocividad de este decreto y se le exija al gobierno nacional abrir el diálogo con los municipios y la ciudadanía frente a los temas de la extracción de los recursos naturales no renovables pues las decisiones que se tomen tienen impacto directo en las y los colombianos, sus medios de vida y los territorios.